Ante solicitud de Codelco de suspensión total o parcial de servicios a empresas contratistas: ComunicadoCTC

DECLARACIÓN PÚBLICA

Ante el comunicado emitido el día de hoy por Codelco Chile, la principal empresa de nuestro país, anunciando la suspensión total o parcial de servicios a empresas contratistas por 30 días prorrogables, argumentando limitaciones operacionales derivadas de la contingencia sanitaria producida por el nuevo Coronavirus (COVID-19), en que además aprovecha y solicita acogerse a la (mal) llamada “Ley de protección al empleo”, una Ley que en realidad busca y permite a las empresas precarizar aún más el empleo y situación de las y los trabajadores de Chile, como Confederación de Trabajadores del Cobre (CTC) declaramos:

  • 1.- Como ya es habitual en Codelco, el día de hoy 08 de abril de 2020 nos impacta con una nueva medida que nos afecta directa y específicamente como trabajadores del sector subcontratado, con la decisión de suspender por 30 días, prorrogables, los contratos con terceros. Decisión de la que nos enteramos por los medios de prensa, porque al parecer Codelco ignora, o al menos olvida convenientemente, que los trabajadores de empresas contratistas, siendo los principales afectados, contamos con una organización sindical que, en una lógica democrática, y desde una actitud de buena educación y hasta de sentido común, debe ser considerada como interlocutor no sólo válido, sino imprescindible para tomar una decisión de esta magnitud.
  • 2.- La medida, que pudiera entenderse como necesaria en consideración a las recomendaciones mundiales de resguardo contra el contagio del COVID-19, no aparece en el comunicado de Codelco aparejada con una protección social consecuente con los efectos sociales que inevitablemente se van a producir si se llega a implementar. En esta condición de desprotección, la medida de Codelco resulta irracional, altamente agresiva y además inconsulta, cuando se comunica con la vieja estrategia de los hechos consumados. En el devenir histórico de los trabajadores, nuevamente el hilo se corta por lo más delgado.
  • 3.- Siendo la principal y más importante empresa del Estado, Codelco debiera dar el mayor y más claro ejemplo de preocupación por la salud y el bienestar de los trabajadores, no importando si se trata de trabajadores de planta o contratistas. Pero, en su habitual estilo, hace caso omiso de su responsabilidad social y la desvía hacia terceros. En esta forma entrega a los empresarios la atribución de decidir las condiciones, totales o parciales, de la suspensión, sabiendo que, avalados por el reciente dictamen de la Dirección del Trabajo, los empleadores tendrán, inclusive, la posibilidad de desligarse del pago de remuneraciones por el tiempo de suspensión. Por otra parte, la sugerencia que hace Codelco de recurrir a la Ley de protección del empleo nos parece una salida fácil y cómoda. Injusta, además, cuando está consciente de que ninguna familia se sostiene con el sólo aporte del Seguro de Cesantía, que, por lo demás, son recursos del trabajador. Una manera brutal de dejar que cada trabajador “se las arregle como pueda”.
  • 4.- Rechazamos categóricamente esta decisión por inconsulta, lesiva y unilateral, y proponemos, en cambio, revertirla de inmediato para abrir, a la brevedad, un diálogo democrático entre la administración superior de Codelco y la Confederación de Trabajadores del Cobre como organización nacional de los trabajadores contratistas y subcontratistas de Codelco, a fin de concordar medidas racionales y factibles de protección de la salud y el empleo, en el marco de los principios establecidos en el Acuerdo Marco vigente para la relación empresa-trabajadores, y atendiendo, por una parte, a las mejores experiencias internacionales en el escenario de la actual crisis sanitaria, y, por otra parte, al derecho que nos hemos ganado los trabajadores, en históricas jornadas de luchas sindicales, a ser considerados en las decisiones que afecten nuestro bienestar, nuestra salud y nuestra  estabilidad laboral.

Finalmente, es responsabilidad de la empresa más importante del país buscar mejores alternativas, no sólo para evitar una mayor precarización y abuso de los trabajadores contratistas y subcontratistas de la minería, sino que convertirse en un verdadero ejemplo para todas las empresas y demás frentes productivos del país, pues los Pactos de Suspensión Temporal o de Reducción Temporal, no constituyen soluciones efectivas ni sustentables en el tiempo.

CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL COBRE

Chile, 08 de abril de 2020.

Comunicado, pág. 1
Comunicado, pág. 2
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